Consultar el registro de personas que tienen prohibición para trabajar con menores de edad
Información proporcionada por: ChileAtiende
Última actualización: martes 07 de mayo del 2013
El Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) pone a
disposición de los usuarios el Registro de Inhabilidades para
Condenados por Delitos Sexuales contra Menores, que permite
informar a cualquier persona que requiere contratar a otra si
registra o no alguna prohibición para trabajar con niños o
adolescentes.
Según quedó establecido en la Ley Nº 20.594, publicada el 19 de junio pasado, cualquier persona natural o jurídica puede solicitar en forma gratuita información acerca de estas inhabilidades. Desde la entrada en vigencia de la ley a la fecha, esta base de datos cuenta con 232 personas que, por sus condenas por delitos de abusos sexuales infantiles, no pueden trabajar en contacto directo con menores de edad.
Paso a paso para acceder al registro:
¿Cuáles son los delitos contra menores de 14 años en los que se puede aplicar la inhabilidad o prohibición para trabajar con menores de edad?
Violación; introducción de objetos por vía anal, vaginal o bucal; uso de animales para abusar de la víctima; abuso sexual; actos de connotación sexual; producción de pornografía, y violación con homicidio. Todo lo anterior cuando involucre o afecte a un menor de edad.
Asimismo, se aplica la prohibición a las personas que cometan el delito de sustracción de menores y robo con violencia o intimidación cuando una de las víctimas hubiese sufrido la violación siendo menor de 14 años.
¿Quiénes pueden pedir información de ese registro?
Cualquier persona natural o jurídica que se identifique.
¿Qué información puede entregar el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI)?
La institución pública se limitará a informar si a la fecha de la solicitud la persona consultada se encuentra afecta a alguna de las inhabilidades para trabajar con menores y omitirá proporcionar otro dato o antecedente que conste en el registro.
http://www.chileatiende.cl/fichas/ver/15062
Según quedó establecido en la Ley Nº 20.594, publicada el 19 de junio pasado, cualquier persona natural o jurídica puede solicitar en forma gratuita información acerca de estas inhabilidades. Desde la entrada en vigencia de la ley a la fecha, esta base de datos cuenta con 232 personas que, por sus condenas por delitos de abusos sexuales infantiles, no pueden trabajar en contacto directo con menores de edad.
Paso a paso para acceder al registro:
- Ingrese al sitio Web del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), específicamente a Consultas de Registros en Línea.
- Seleccione la opción Inhabilidades para trabajar con menores de edad e ingrese los datos solicitados por el sistema. No olvidé marcar "Leí y acepto las condiciones" y hacer clic en Enviar.
- Si la persona que consulta registra una pena que lo inhabilita o le prohibe trabajar con menores el sistema entregará inmediatamente el siguiente mensaje: El RUN consultado SI registra inhabilidades para trabajar con menores de edad. En caso contrario, dirá que NO.
¿Cuáles son los delitos contra menores de 14 años en los que se puede aplicar la inhabilidad o prohibición para trabajar con menores de edad?
Violación; introducción de objetos por vía anal, vaginal o bucal; uso de animales para abusar de la víctima; abuso sexual; actos de connotación sexual; producción de pornografía, y violación con homicidio. Todo lo anterior cuando involucre o afecte a un menor de edad.
Asimismo, se aplica la prohibición a las personas que cometan el delito de sustracción de menores y robo con violencia o intimidación cuando una de las víctimas hubiese sufrido la violación siendo menor de 14 años.
¿Quiénes pueden pedir información de ese registro?
Cualquier persona natural o jurídica que se identifique.
¿Qué información puede entregar el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI)?
La institución pública se limitará a informar si a la fecha de la solicitud la persona consultada se encuentra afecta a alguna de las inhabilidades para trabajar con menores y omitirá proporcionar otro dato o antecedente que conste en el registro.
http://www.chileatiende.cl/fichas/ver/15062
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