domingo, 22 de julio de 2012

EL DEBATE SOBRE LA TELEVISACION DE LOS JUICIOS DE LESA HUMANIDAD + El ojo de la cámara


Imagen: Martín Acosta

EL DEBATE SOBRE LA TELEVISACION DE LOS JUICIOS DE LESA HUMANIDAD

El ojo de la cámara

Hasta ahora, por orden de la Corte Suprema, sólo se pueden ver el comienzo y el final, pero no los testimonios. Un proyecto de ley del Ministerio de Justicia busca liberar la transmisión de todos los juicios orales criminales.

 Por Alejandra Dandan
A lo largo de estos años se acumularon algunas certezas. Los juicios de lesa humanidad avanzan en todo el país. En las ciudades más chicas suelen instalar agendas y ganar espacio en las tapas de los diarios de los que se nutren sus habitantes. Sin ir más lejos, los dos diarios más importantes de Jujuy –que hasta ahora no mencionaban a Pedro Blaquier– hicieron tapa con los carteles en el Ingenio Ledesma y con la primera audiencia del juicio. Pero mientras se avanza, crece la certeza de que los juicios no llegan a las grandes audiencias de la televisión, o sólo llegan en los inicios o finales. La restricción a las cámaras en los tribunales empieza a pensarse como una de las claves del tema. Una acordada de la Corte Suprema de Justicia de 2008 impide la captura de imágenes en lo que los abogados llaman “la etapa de prueba”, los poderosos relatos de reconstrucción de las historias. ¿Cómo se hace para perforar las paredes de los tribunales donde se realizan los juicios y llegar a los que nunca van a entrar a esos espacios?
El Ministerio de Justicia, a través de la Subsecretaría de Política Criminal, elaboró un proyecto de ley para liberar el ingreso de las cámaras a los juicios orales. El proyecto es resultado de discusiones entre organismos de derechos humanos e integrantes del Poder Judicial. El objeto son todos los juicios orales del fuero criminal. El espíritu consagra el derecho a la publicidad para la “democratización de la Justicia, fomentando la participación ciudadana y maximizando la transparencia de los procedimientos penales”. En base a la Constitución y a tratados internacionales, invierte la lógica según la cual todo estaba prohibido y debía ser fundamento lo que iba a ser liberado. Con la ley, los jueces deberán fundamentar por qué no se puede transmitir.
La propuesta “busca regular con mayor amplitud el acceso de los medios de comunicación a las audiencias de juicio”. Señala que se busca “garantizar al máximo posible el principio de publicidad, de manera de permitir que el público que se ve impedido o dificultado de asistir, pueda tener el acceso de mejor calidad posible a lo que sucede dentro de la sala”. De este modo, establece que frente a límites en la capacidad de la sala, los jueces deben garantizar la presencia de los medios. Prevé que “el tribunal podrá limitar la difusión de la voz o la imagen de las víctimas, testigos o imputados, siempre que éstos lo soliciten, a fin de resguardar su pudor o seguridad”. Advierte que al contrario de lo que se supone, el 99 por ciento de los juicios orales duran sólo un día. Que por eso mismo sería simple aislar testigos para que no escuchen las pruebas. Y prevé mecanismos similares para el uno por ciento restante, entre los que están los de lesa humanidad.
Más allá de la ley, o mientras llega, los juicios siguen en marcha. Y la prohibición en la que insisten los jueces parece un emergente de un debate mayor entre las formas de observar estos juicios. Por un lado, están los jueces, en ocasiones más apegados a lo que parece ser exclusivamente la reconstrucción de la prueba, la relación entre hecho y ley, la lógica penal. Del otro lado, hay un universo. Algunos fiscales y muchas querellas de los organismos de derechos humanos –no todas– están pensando los juicios más bien en términos históricos.

El apagón

El año pasado, dos periodistas de radio le preguntaron al fiscal Félix Crous por qué los juicios no llegan a la televisión. Crous habló del “apagón mediático”: comparó el presente con lo que sucedió en el Juicio a las Juntas. En los ’80 había cámaras en el Palacio de Tribunales, pero no podían trasmitir el “vivo” de los testimonios, sólo la voz en off de un locutor que retransmitía diferido lo que sucedía en la sala. Las imágenes más emblemáticas son las espaldas de testigos como Miriam Lewin. En aquellos días, fue la presión de las Fuerzas Armadas o las formas débiles de la democracia las que restringieron. Y también el modo en el que los jueces pensaron que debía hacerse en ese momento la reconstrucción de una verdad que estaba completamente cuestionada. Pero ahora, ¿qué lo impide? ¿Lo impide de verdad una acordada de la Corte?
La acordada 29/08 de la Corte garantiza el ingreso de cámaras, grabadores y fotógrafos en el comienzo del juicio y en el tramo final: lectura de alegatos, últimas palabras y sentencia. Todo lo que está en el medio, que es el enorme volumen de testimonios y de reconstrucción de pruebas no puede grabarse ni transmitirse por televisión. Los periodistas con hojas o a lo sumo una computadora pueden escribir lo que ven. El argumento más importante es lo que los jueces llaman “contaminación de la prueba”: se supone que un testigo no puede escuchar al que lo precedió porque su testimonio podría quedar contaminado por el primero. Los jueces creen que la emisión del relato por televisión podría dar lugar, por ejemplo, a que las defensas hagan pedidos de nulidad por contaminación de las pruebas.
Hay varias lecturas sobre la acordada. Dicen que intentó garantizar al menos cierta apertura cuando el Tribunal N° 5, a cargo del juicio Jefes de Area, prohibía todo tipo de acceso. También dicen que puede entenderse como un piso sobre el que los jueces pueden disponer más apertura, como sucede en La Plata, donde sí se permite el ingreso de cámaras. Pero en el resto de los juicios funcionó como una restricción.
El juicio del plan sistemático que acaba de concluir es un ejemplo. Abuelas de Plaza de Mayo le pidió al Tribunal que encabezó María del Carmen Roqueta que los debates pudieran ser televisados. El Tribunal no aceptó. Repitieron el pedido ante la Cámara de Casación. Casación tampoco aceptó. Uno de los jueces dejó una puerta abierta al sugerir que la decisión podía ser revisada si el pedido lo hacía un canal de televisión o una empresa, pero el pedido no llegó.
“Algunos puntos para no autorizar la televisación son meramente dogmáticos”, dicen Alan Iud y Luciano Hazan del equipo jurídico de Abuelas. “Es muy difícil pensar que puede haber contaminación de un testigo a otro entre quienes se conocen o se han visto durante más de treinta años y conversaron sobre los cautiverios y en base a ese diálogo construyeron sus relatos y la prueba. Tampoco es cierto que sin tele se evite la contaminación, porque después de que un testigo declara, habla con otro porque se conocen y comparten las experiencias. O porque la prensa gráfica cubre los juicios y publica lo que se dijo. Con lo cual, no nos parece que sea un riesgo real y esa contaminación se controla a través del interrogatorio de las partes. Un abogado puede preguntar y determinar si una persona está contando algo que no vivió o le dijo otra.”
Los abogados no hablan sólo de las causas de lesa humanidad. Como el proyecto de ley, están pesando otras causas. “La cuestión es que en lesa humanidad –dice Iud– también pensamos que se pierde lo que se ganaría en términos de sentido y comunicación. Lo que nos parece es que frente a estos casos, es más claro que los argumentos en contra son meramente teóricos, no se condicen con lo que sucede.”
Estos argumentos se repiten. Gabriela Sosti es una de las fiscales. Acaba de dar una charla en un taller de periodismo de la UBA en la que los estudiantes le hicieron preguntas y ella salió convencida de que algo de la comunicación entre el adentro y el afuera sigue faltando. En clave de Arendt, piensa en una interpretación que pone en tensión aquellas dos preguntas iniciales. “Estos son juicios excepcionales”, dice Sosti. “Son juicios a la historia, al Estado, no es un juicio a un delincuente común o a estafadores. El logro de que la Justicia ordinaria lo esté siguiendo no implica que no sean excepcionales. Los crímenes tienen la importancia y repercusión que tienen porque el represor es una ruedita dentro de una estructura y el delincuente es el Estado mismo: esto genera espanto porque es el Leviatán el que me come a pedacitos y abre las preguntas de qué hago con esto. No se está juzgando a los pobres militares, es a la política del Estado que se transforma en genocida. Es eso que pasó, pero sigue pasando porque el Estado cada tanto toma esa dimensión en América latina; en Medio Oriente, la publicidad sirve para tomar conciencia de esto porque no son causas penales de hace treinta años.”

 http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-199273-2012-07-22.html

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Clara Anahí MARIANI, nacida el 12 de agosto de 1976, desaparecida el 24 de noviembre de 1976.

Clara Anahí MARIANI


Nacida el 12 de agosto de 1976
Desaparecida el 24 de noviembre de 1976

Madre: Diana TERUGGI
Padre: Daniel MARIANI

El 24 de noviembre de 1976, fuerzas policiales y del Ejército atacaron la casa de sus padres en la ciudad de La Plata. Allí fue asesinada Diana y secuestrada Clara Anahí, quien continúa desaparecida. El padre de la niña fue asesinado en La Plata, el 1º de agosto de 1977.


http://conadi.jus.gov.ar/gsdl/cgi-bin/library?e=d-000-00---0fotos--00-0-0-0prompt-10---4------0-1l--1-es-50---20-about---00001-001-1-0utfZz-8-0&a=d&c=fotos&cl=CL1.13&d=HASH01e464eeb883b24237a9cf8a

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Gustavo Saladino

D.N.I.16.453.320

Hijo de desaparecido y asesinado.
Héroe de la Resistencia Antifascista contra el genocidio cultural del menemismo.
Objetor de conciencia al Servicio Militar Obligatorio hasta su desaparición definitiva lo que me valió verme impedido de ejercer mi derecho cívico al voto entre 1983 y 1995.
Despedido del Estado en 1989 por ser hijo de desaparecido.
Denunciante contra los genocidas ante la CONADEP (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas) en 1984.
Co-Denunciante y querellante contra los genocidas de la Fuerza Aérea Argentina y de otras fuerzas de seguridad en la Causa Penal por delitos de lesa humanidad y genocidio Nº 7.273/06 en el área de la Subzona 16, entre muchas otras Causas.
Denunciante en 2011 ante la Justicia Federal argentina del gobierno norteamericano cómplice de los genocidas civiles y militares que desaparecieron y asesinaron a mi padre en 1978.
El primero en el mundo entero, como activista de derechos humanos, en accionar penalmente contra el oligopolio estadounidense destructor de memoria argentina "Google, Inc.", entre otros hechos, por perseguir y espiar ilegalmente ciudadanos dentro de su plataforma "You Tube".
Denunciante de hechos de corrupción de la era "kirchnerista".

Jésica y Cielo (me falta Verónica Fiorito y cartón lleno).

Jésica y Cielo (me falta Verónica Fiorito y cartón lleno).
Yo no fui (y ellas tampoco vinieron nunca. Ja, ja, ja).

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