miércoles, 2 de enero de 2013

SALTO CUALITATIVO EN EL JUZGAMIENTO DE LOS DELITOS DE LESA HUMANIDAD - El año de los megajuicios

Imagen: Télam


SALTO CUALITATIVO EN EL JUZGAMIENTO DE LOS DELITOS DE LESA HUMANIDAD

El año de los megajuicios

Hay 378 represores condenados por delitos de lesa humanidad. Este año hubo un cambio en la lógica de los juicios, que comenzaron a incluir más acusados y más hechos investigados.Las responsabilidades civiles y los delitos de violencia de género. Los pendientes.


 Por Victoria Ginzberg
Durante 2012 se produjeron 134 condenas por delitos de lesa humanidad, lo que hizo que los represores condenados hasta ahora sumen 378. En estos momentos hay 232 acusados con juicios orales en trámite y 1013 procesados. En términos de cifras, se trata de un balance positivo. Pero más allá del crecimiento cuantitativo, 2012 fue el año en que se produjo un cambio cualitativo en el juzgamiento de los crímenes del terrorismo de Estado: comenzaron a realizarse los llamados “megajuicios”, es decir, procesos que involucran importantes cantidades de acusados y también de casos analizados, o sea, de víctimas. Los más grandes están actualmente en trámite. Son los de la ESMA, en Buenos Aires; La Perla, en Córdoba, y Arsenales y Jefatura de Inteligencia, en Tucumán. Entre los tres reúnen delitos contra 1500 víctimas y 150 acusados.
Hay decisiones vinculadas con la administración de Justicia que no son celebradas o valoradas de inmediato, ya que sus efectos no se ven de un día para el otro. Eso pasó con la acordada que la Cámara de Casación Penal firmó a principios de 2012, en la que se establecieron “reglas prácticas” para agilizar los juicios contra los represores. El propósito de ese documento fue impedir la reiteración de testigos y pruebas, promover la acumulación de casos y evitar que se debatan hechos que ya están fuera de discusión, como la existencia de un plan sistemático de exterminio de personas durante la última dictadura. De esta forma, el máximo tribunal penal del país –que había sido uno de los principales obstáculos para el avance de estos procesos cuando se reinició el proceso de juzgamiento (lo encabezaba el ahora abogado defensor de represores Alfredo Bisordi)– acusó recibo de demandas de organismos de derechos humanos, abogados y fiscales y se convirtió en dinamizador de los juicios.
“Este año terminaron juicios grandes, como el de Bahía Blanca; el del Circuito Camps, en La Plata; y comenzaron otros como ESMA, La Perla y el juicio de Tucumán. Lograr este tipo de juicios fue y sigue siendo uno de los objetivos centrales de la Unidad Fiscal. En este sentido, 2012 fue un año donde se dio un salto de calidad. Para ponerlo en cifras, mientras que en 2011 hubo 193 personas sentadas en el banquillo, en 2012 hubo 383, es decir, el doble. La idea de juzgar juntos los hechos que están vinculados entre sí es un principio que apunta a lograr una mejor reconstrucción histórica, dado que permite, por un lado, valorar correctamente pruebas (testimonios, documentos, etc.) que, seguramente, no tendrían la misma relevancia si se las considerara aisladamente (no es lo mismo un testimonio corroborado por otros que se refieren al mismo hecho o que confirman cierto contexto) y, por otro, permite dimensionar el fenómeno que estamos juzgando: no son hechos aislados, sino una maquinaria de terror”, señala a Página/12 Pablo Parenti, de la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado.
El criterio es compartido también por los abogados de organismos de derechos. “Los juicios de este tipo permiten acelerar los procesos en los casos de los lugares con mayor densidad de casos e imputados. Reducen la reiteración de testimonios, permiten dimensionar en su real magnitud lo sucedido, aparecen las complicidades civiles y minimizan las dificultades probatorias que suelen darse cuando los hechos se juzgan sin el contexto adecuado. Tienen también un mayor efecto social, que permite una discusión más amplia sobre los efectos de la dictadura”, dice Guadalupe Godoy, del colectivo Justicia Ya. Godoy señala, además, que los grandes procesos “evitan la aplicación de distintos criterios probatorios o de autoría en casos similares” y cita el ejemplo de Pedro Guerrero, un ex guardia del Servicio Penitenciario bonaerense que estaba prófugo cuando se realizó el juicio sobre la Unidad 9 de La Plata, fue juzgado después, resultó absuelto por casos que en el otro juicio estaban probados y recibió menos penas que sus subordinados, que fueron condenados antes. La abogada admite que en juicios que se prolongan en el tiempo existe el riesgo de que algunos acusados se mueran en el medio, como ocurrió con el ex gobernador bonaerense Ibérico Saint Jean en el juicio por el Circuito Camps, pero a más de 35 años de ocurridos los hechos, la posibilidad de que los represores que aún no fueron condenados fallezcan, está siempre latente.
Alan Iud, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo, coincide en que “los juicios más grandes son más virtuosos para reforzar el sentido de justicia. Una vez concluidos, podremos pensar que los hechos cometidos en determinado centro clandestino de detención o zona represiva ya fueron sancionados y no se mantienen impunes”. Y agrega que “los juicios también suelen ser muy desgastantes emocionalmente para los sobrevivientes y familiares, así que también permitirán evitar o reducir la posibilidad de reeditar ese desgaste en el futuro. Por último, implican un mejor aprovechamiento de recursos del Poder Judicial, tanto materiales como humanos, y permiten a los tribunales planificar su tarea”.
Desde el Centro de Estudios Legales y Sociales, Carolina Varsky y Lorena Balardini acuerdan en que hubo un “problema inicial de organización del proceso en donde predominó el juzgamiento por goteo, que redundó no sólo en una administración deficiente de los recursos de la Justicia, sino además en que no podía dimensionarse claramente la idea de sistematicidad de los crímenes mientras se juzgaran hechos aislados sin conexidad, como si fueran causas por delitos penales ordinarios”. Pero aclaran que juicios “chicos” no necesariamente son juicios “cortos”: “Para que los juicios demoren lo menos posible, el tamaño de la causa no es lo principal, lo principal es instrumentar medidas para agilizar el proceso.” Como ejemplo, mencionan que el segundo juicio sobre la ESMA (si se cuenta el que se inició contra el prefecto Héctor Febres como el primero) era menos de un tercio de ESMA III –que acaba de comenzar– en términos de cantidad de víctimas, imputados y testigos, y gracias a criterios coherentes de organización, en este último se redujo significativamente el tiempo de lectura de los requerimientos.
“Las megacausas son una ventaja desde el punto de vista jurídico, pero también histórico y social. Le dan otra entidad al juzgamiento, avanzan en obtener una justicia más abarcativa. Y con los criterios de organización bien definidos, que es esencial sostener en el tiempo, terminan siendo justicia más pronto también. Además se evita la ultraexposición de los testigos. Un gran número de sobrevivientes, ante la perspectiva de un ESMA IV, V, VI y VII, sin la posibilidad de incorporar los videos, como era el panorama previo a las reglas de Casación, no hubieran accedido a volver a declarar, de acuerdo con lo que ellos mismos expresaban. Las reglas de Casación han avanzado en ese sentido, pero todavía falta; hay cuestiones prácticas a resolver todo el tiempo y los tribunales tienen que estar atentos a estas cuestiones: el traslado de los detenidos, la organización eficiente de las audiencias testimoniales, la resolución de planteos de las partes, todo esto tiene que ser organizado con fluidez y en forma sostenida durante los años que dure el juicio para que efectivamente sea más eficiente la acumulación que el juzgamiento fragmentado. Por otro lado hay que sostener el trabajo y la presencia, que en juicios muy largos es más complejo”, aportan Varsky y Balardini.

Avances y pendientes

Junto con el avance en la cantidad y calidad de los juicios, en 2012 hubo un progreso en las investigaciones sobre la participación de civiles en delitos de lesa humanidad. En este sentido, este diario describió, en marzo de 2012, ante la inminencia del 36º aniversario del golpe de Estado, cómo las investigaciones empezaban a indagar sobre el poder económico detrás del poder militar. El procesamiento del empresario Carlos Pedro Blaquier, dueño de Ledesma, fue el hecho más significativo en esa dirección. La condena de Jaime Smart, ministro de Gobierno bonaerense durante el terrorismo de Estado, marcó también el inicio de un largo recorrido que debería abarcar en el futuro pesquisas más profundas sobre otros sectores de la sociedad civil, como jueces y religiosos. Otros grandes hitos del año que acaba de terminar fueron la condena a nueve represores, encabezados por el dictador Jorge Rafael Videla, por el plan sistemático de apropiación de niños, y la visibilización de los crímenes de violencia sexual como delitos de lesa humanidad. “La apropiación de niños fue un elemento distintivo del terrorismo de Estado argentino, un diferencial, que hasta ahora no era reconocido como tal por la Justicia e incluso había sido tácitamente negado en el Juicio a las Juntas”, señala Iud.
“El juzgamiento a civiles es sin duda uno de los logros de este año, no sólo en la causa Ledesma sino en varias jurisdicciones del país donde se ha pedido que se avance en investigar la complicidad de miembros de los grupos económicos. Loma Negra, La Nueva Provincia y Ford son, junto con el procesamiento a Blaquier y (Alberto) Lemos (ex gerente de Ledesma), los avances más significativos este año en este tema”, aseguran Varsky y Balardini. Como tarea pendiente de la Justicia, destacan la confirmación de las sentencias: “Durante 2012 Casación confirmó al menos 19 sentencias, más que todas las que confirmó durante el período 2007-2011, pero la reactivación de Casación no ha sido replicada en la Corte. Cada vez más imputados con condena no firme fallecen impidiendo no sólo que cierre el ciclo de la Justicia sino la formación de jurisprudencia que sea un aporte para el futuro. Como ejemplo está el caso de (el suboficial de la Fuerza Aérea Gregorio) Molina, único condenado por violación sexual como delito de lesa humanidad que murió en 2012 y su condena sólo había sido confirmada por Casación. A menos que se agilicen los tiempos de la Corte, esto comenzará a pasar cada vez con más frecuencia. Estas causas tienen un punto final biológico y tantos esfuerzos serán en vano si las sentencias no son confirmadas”.
Para Parenti, entre los temas que merecen atención, están “el control de las prisiones domiciliarias, las condiciones para una correcta atención de los testigos-víctimas y algo que es fundamental: es imperioso acortar los tiempos que duran los juicios. Tenemos más de 1000 procesados. Juzgar todo esto requiere un cambio de paradigma en cuanto a la organización de los juicios, cuestión que no puede quedar librada simplemente al arbitrio de cada tribunal. Las ‘reglas prácticas’ que dictó la Cámara de Casación son un buen paso, pero hace falta que la agenda de los juicios y el ritmo de las audiencias sean definidas con pautas claras y mecanismos de controles”.
Rodolfo Yanzón, de la Fundación Liga por los Derechos Humanos, también apunta en la columna del debe el efectivo cumplimiento de las prisiones preventivas, sobre todo de los arrestos domiciliarios, y le agrega el control de los embargos y el avance en serio sobre las “complicidades civiles”.
Desde Abuelas, Iud coincide en que “sigue pendiente profundizar las investigaciones sobre la complicidad civil, judicial y eclasiástica” y destaca que “también hay que incrementar la publicidad de los juicios y la investigación sobre los autores directos de la mayoría de los crímenes, por ejemplo las patotas o los interrogadores, ya que en la mayoría de los procesos, los imputados son los jefes de la zona represiva y algunos pocos ejecutores de propia mano”. En ese sentido, propone que “los jueces de instrucción prioricen la identificación de más represores por sobre continuar juzgando a aquellos generales y comandantes que ya están condenados”. Agrega que “en lo que tiene que ver con la tarea específica de Abuelas, el año próximo será una gran oportunidad para que la Justicia mejore sus históricas deficiencias en la investigación de la apropiación de niños, a partir de la creación de una Unidad especial en el Ministerio Público Fiscal”.
Godoy, de Justicia Ya, destaca como lo positivo de este año la consolidación del enfoque sociológico del genocidio a nivel judicial, pero señala que muchos jueces de instrucción todavía tienen resistencia a acumular las causas y prefieren investigar hechos “aislados”. Afirma que hay “prácticas de selectividad no declaradas” sobre a quiénes imputar y a quiénes no: “En La Plata hay cientos de policías, militares, civiles y religiosos con requerimientos de instrucción desde hace años sin que los jueces se decidan citarlos a indagar”. Lo que queda pendiente, dice, es “vencer las resistencias del Poder Judicial para llevar adelante estos juicios, la lógica corporativa que lo sustenta se transforma en un obstáculo para el avance”.

http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-211003-2013-01-02.html

Enlaces

 -El año en números

-Domingo Fortunato Saladino / detenido - desaparecido / genocidado 

-Arlene Seguel - Detenida-Desaparecida el 12/6/76 en Neuquén - Genocidada


-A 6 años de la desaparición de JULIO LÓPEZ - Encuentro Memoria Verdad y Justicia

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Clara Anahí MARIANI, nacida el 12 de agosto de 1976, desaparecida el 24 de noviembre de 1976.

Clara Anahí MARIANI


Nacida el 12 de agosto de 1976
Desaparecida el 24 de noviembre de 1976

Madre: Diana TERUGGI
Padre: Daniel MARIANI

El 24 de noviembre de 1976, fuerzas policiales y del Ejército atacaron la casa de sus padres en la ciudad de La Plata. Allí fue asesinada Diana y secuestrada Clara Anahí, quien continúa desaparecida. El padre de la niña fue asesinado en La Plata, el 1º de agosto de 1977.


http://conadi.jus.gov.ar/gsdl/cgi-bin/library?e=d-000-00---0fotos--00-0-0-0prompt-10---4------0-1l--1-es-50---20-about---00001-001-1-0utfZz-8-0&a=d&c=fotos&cl=CL1.13&d=HASH01e464eeb883b24237a9cf8a

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Gustavo Saladino

D.N.I.16.453.320

Hijo de desaparecido y asesinado.
Héroe de la Resistencia Antifascista contra el genocidio cultural del menemismo.
Objetor de conciencia al Servicio Militar Obligatorio hasta su desaparición definitiva lo que me valió verme impedido de ejercer mi derecho cívico al voto entre 1983 y 1995.
Despedido del Estado en 1989 por ser hijo de desaparecido.
Denunciante contra los genocidas ante la CONADEP (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas) en 1984.
Co-Denunciante y querellante contra los genocidas de la Fuerza Aérea Argentina y de otras fuerzas de seguridad en la Causa Penal por delitos de lesa humanidad y genocidio Nº 7.273/06 en el área de la Subzona 16, entre muchas otras Causas.
Denunciante en 2011 ante la Justicia Federal argentina del gobierno norteamericano cómplice de los genocidas civiles y militares que desaparecieron y asesinaron a mi padre en 1978.
El primero en el mundo entero, como activista de derechos humanos, en accionar penalmente contra el oligopolio estadounidense destructor de memoria argentina "Google, Inc.", entre otros hechos, por perseguir y espiar ilegalmente ciudadanos dentro de su plataforma "You Tube".
Denunciante de hechos de corrupción de la era "kirchnerista".

Jésica y Cielo (me falta Verónica Fiorito y cartón lleno).

Jésica y Cielo (me falta Verónica Fiorito y cartón lleno).
Yo no fui (y ellas tampoco vinieron nunca. Ja, ja, ja).

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