Varias veces he analizado y publicado mis conclusiones sobre las diferentes leyes nacionales y provinciales que intentan reparar los daños del Estado y los estados provinciales por su responsabilidad durante los hechos del genocidio.
Cada vez que vuelvo a toparme con el tema, vuelvo a sentir la misma vergüenza ajena de antes.
No sólo las normas (todas ellas y en su conjunto) parecen estar destinadas a favorecer a una élite de personalidades que surgen como figuras públicas o entre bambalinas de la política gracias al genocidio, si no que, además muchas de las normas están redactadas de un modo tal que demuestran ignorancia o intento de burla pública sobre el particular.
A las pruebas me remito en torno a la norma provincial 14.042 que declara que son beneficiarios todos aquellos que hayan estado detenidos en el período consignado en todos los textos, estudios y hechos conocidos sobre el particular, y la norma se amplía en favor de los "derechohabientes" (herederos), aunque se observa en la redacción de esta parte en particular del articulado una contradicción severa insalvable cuando argumenta favorecer a los menores de edad al momento del fallecimiento hasta su mayoría de edad DE HECHOS OCURRIDOS más de 30 y pico de años atrás, es decir, declara favorecer a un sujeto cuando en realidad ese sujeto ya no existe más.
Por otro lado, mi lectura personal acerca de la ampliación cronológica que ahora abarca a personas o militantes afectados ANTES DE 1976, ha concurrido CLARAMENTE en desmedro de personas más vulnerables que, por ejemplo, quedaron en estado de abandono SIN SER MILITANTES POLÍTICOS (es decir, gente que sabía que riesgos se corrían y lo que hacían o que eligieron ese preciso destino) DESPUÉS DE 1976 y siendo menores de edad.
De todo lo cual vuelve a surgir la conclusión de que el intento del Estado sigue siendo favorecer a un determinado grupo de afectados en desmedro de otros que no reúne las mejores condiciones para defender en un pie de igualdad sus intereses y el derecho a la Reparación y a la Justicia.
Y vale la pena resaltar también que como "oposición" a estos "militantes" o "destacadas personalidades" casi siempre oficialistas desde 1983 hasta el presente, hay otro tipo de personalidades como podría ser el caso del periodista y autor opositor Martín Caparrós, quien es autor también de una prosperidad envidiable en tanto que la mayor parte de la masa de afectados continúa, 30 años después, famélica e incluso muriendo sin haber recibido casi ningún beneficio o acto relevante de Justicia.
Actualmente sigue esperándose con ansiedad que la última norma nacional sancionada, una pensión para todos los afectados por igual, termine su trámite administrativo - legal dentro de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación Argentina y que las respuestas dejen de ser excusas que, evidentemente, siempre encuentran como destinatarios a las mismas personas mientras que otras se han visto ampliamente favorecidas con todo tipo de beneficios, incluidos empleos en el Estado gracias a la figuración pública (en muchas casos casi sin mérito alguno); beneficios que se le niegan a otros grupos.
Paradójicamente, el reclamo de Justicia tiene un correlato paralelo en los tribunales en igual sentido, donde pareciera que solamente tienen resolución casos sonados o espectaculares o donde, a treinta años vista del Juicio a las Juntas, el Estado Nacional sigue enterrando la cabeza en la tierra y no asiste a los querellantes u olímpicamente ignora los acontecimientos.
Por el momento, el único saldo relativamente positivo que se observa, hasta el presente, y con bastantes dificultades y poniendo mucha buena voluntad para interpretar o comprender, se puede seguir publicando información acerca de esta grave situación.
...
Último momento: la controversial norma que excluye a la mayoría de los familiares sobrevivientes ya fue publicada en el "Boletín Oficial" (http://hijossalta.blogspot.com.ar/2014/07/ex-presos-politicos-ley-n-26913.html), pero consultado telefónicamente el Dr. Leonel Curutchague, abogado de muchos familiares en los Juicios por delitos de lesa humanidad, y también actuante en expedientes reparatorios, respecto de la norma, explicó de forma concluyente: "con suerte, tu mamá podría llegar a obtener el beneficio".
Cada vez que vuelvo a toparme con el tema, vuelvo a sentir la misma vergüenza ajena de antes.
No sólo las normas (todas ellas y en su conjunto) parecen estar destinadas a favorecer a una élite de personalidades que surgen como figuras públicas o entre bambalinas de la política gracias al genocidio, si no que, además muchas de las normas están redactadas de un modo tal que demuestran ignorancia o intento de burla pública sobre el particular.
A las pruebas me remito en torno a la norma provincial 14.042 que declara que son beneficiarios todos aquellos que hayan estado detenidos en el período consignado en todos los textos, estudios y hechos conocidos sobre el particular, y la norma se amplía en favor de los "derechohabientes" (herederos), aunque se observa en la redacción de esta parte en particular del articulado una contradicción severa insalvable cuando argumenta favorecer a los menores de edad al momento del fallecimiento hasta su mayoría de edad DE HECHOS OCURRIDOS más de 30 y pico de años atrás, es decir, declara favorecer a un sujeto cuando en realidad ese sujeto ya no existe más.
Por otro lado, mi lectura personal acerca de la ampliación cronológica que ahora abarca a personas o militantes afectados ANTES DE 1976, ha concurrido CLARAMENTE en desmedro de personas más vulnerables que, por ejemplo, quedaron en estado de abandono SIN SER MILITANTES POLÍTICOS (es decir, gente que sabía que riesgos se corrían y lo que hacían o que eligieron ese preciso destino) DESPUÉS DE 1976 y siendo menores de edad.
De todo lo cual vuelve a surgir la conclusión de que el intento del Estado sigue siendo favorecer a un determinado grupo de afectados en desmedro de otros que no reúne las mejores condiciones para defender en un pie de igualdad sus intereses y el derecho a la Reparación y a la Justicia.
Y vale la pena resaltar también que como "oposición" a estos "militantes" o "destacadas personalidades" casi siempre oficialistas desde 1983 hasta el presente, hay otro tipo de personalidades como podría ser el caso del periodista y autor opositor Martín Caparrós, quien es autor también de una prosperidad envidiable en tanto que la mayor parte de la masa de afectados continúa, 30 años después, famélica e incluso muriendo sin haber recibido casi ningún beneficio o acto relevante de Justicia.
Actualmente sigue esperándose con ansiedad que la última norma nacional sancionada, una pensión para todos los afectados por igual, termine su trámite administrativo - legal dentro de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación Argentina y que las respuestas dejen de ser excusas que, evidentemente, siempre encuentran como destinatarios a las mismas personas mientras que otras se han visto ampliamente favorecidas con todo tipo de beneficios, incluidos empleos en el Estado gracias a la figuración pública (en muchas casos casi sin mérito alguno); beneficios que se le niegan a otros grupos.
Paradójicamente, el reclamo de Justicia tiene un correlato paralelo en los tribunales en igual sentido, donde pareciera que solamente tienen resolución casos sonados o espectaculares o donde, a treinta años vista del Juicio a las Juntas, el Estado Nacional sigue enterrando la cabeza en la tierra y no asiste a los querellantes u olímpicamente ignora los acontecimientos.
Por el momento, el único saldo relativamente positivo que se observa, hasta el presente, y con bastantes dificultades y poniendo mucha buena voluntad para interpretar o comprender, se puede seguir publicando información acerca de esta grave situación.
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Último momento: la controversial norma que excluye a la mayoría de los familiares sobrevivientes ya fue publicada en el "Boletín Oficial" (http://hijossalta.blogspot.com.ar/2014/07/ex-presos-politicos-ley-n-26913.html), pero consultado telefónicamente el Dr. Leonel Curutchague, abogado de muchos familiares en los Juicios por delitos de lesa humanidad, y también actuante en expedientes reparatorios, respecto de la norma, explicó de forma concluyente: "con suerte, tu mamá podría llegar a obtener el beneficio".
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