domingo, 5 de febrero de 2012

REVOCARON POR INCUMPLIMIENTO LA PRISION DOMICILIARIA DE RAMON GENARO DIAZ BESSONE - Vuelve al lugar que le corresponde

 

REVOCARON POR INCUMPLIMIENTO LA PRISION DOMICILIARIA DE RAMON GENARO DIAZ BESSONE

Vuelve al lugar que le corresponde

El fiscal Stara cuestionó la prisión domiciliaria de Díaz Bessone.
 
El Tribunal Oral Federal número 2 hizo lugar al pedido de la fiscalía para que el principal imputado en la causa por crímenes de lesa humanidad sea trasladado a la Policía Federal de Rosario y siga las audiencias del proceso oral y público.

El Tribunal Federal Oral número 2 revocó la prisión domiciliaria del principal imputado de la causa por crímenes de lesa humanidad, Ramón Genaro Díaz Bessone, y dispuso que sea trasladado a la Policía Federal de Rosario, a partir de un pedido de los fiscales de la causa Díaz Bessone, Gonzalo Stara y Mario Gambacorta, que fue adelantado por Rosario/12. El imputado será trasladado del Hospital Militar Central de Buenos Aires a las dependencias de la Policía Federal para así garantizar su presencia en las audiencias de debate de la causa que lleva su nombre, que se reanudarán el martes.
Los fiscales basaron su requerimiento en que Díaz Bessone incumplió con las reglas impuestas al concederse la prisión domiciliaria, como era comunicar de manera inmediata cualquier modificación del domicilio fijado como lugar de cumplimiento de la prisión preventiva que pesa sobre el mismo. "El contrato de alquiler del domicilio fijado por Díaz Bessone fue rescindido el 4 de diciembre y la defensa comunicó esta situación pasados 25 días, sólo después de que las autoridades provinciales constataran que en dicho lugar residía otra persona", indicó el escrito presentado por los fiscales.
En su presentación, la Fiscalía afirmó que el principio general "es que las penas de prisión deben cumplirse en establecimientos penitenciarios. La prisión domiciliaria configura una excepción a esta regla, que sin dudas y dadas las características de estos acontecimientos y la naturaleza de los hechos por los que está siendo juzgado Díaz Bessone, deben ser aplicados en forma restrictiva y con suma prudencia por el Tribunal dada la alarma social que pudieren generar y la violación de compromisos internacionalmente asumidos por nuestra Nación en materia de delitos de lesa humanidad".
En este caso, el Tribunal entendió que asistía razón a la fiscalía en cuanto a la falta de oportuna comunicación por parte del imputado de la rescisión del contrato de locación del único inmueble fijado para cumplir la prisión domiciliaria impuesta. Sin embargo, los magistrados consideraron que "la omisión incurrida no derivó en mayores consecuencias". Aún así, Beatriz Baravani de Cavallero, Jorge Venegas Echagüe y Otmar Paulucci resaltaron la gravedad del incumplimiento.
Consultado por Rosario/12, Stara manifestó que "dada la envergadura de los crímenes por los cuales se juzga a Díaz Bessone y el incumplimiento de las obligaciones procesales que pesan sobre el principal acusado, la resolución del tribunal garantiza la realización del juicio y transmite un claro mensaje a las víctimas, ajustándose a los standards fijados en materia de libertad por la CSJN para los casos de delitos de lesa humanidad".
Díaz Bessone había solicitado en noviembre pasado --cuando se realizaban las audiencias orales y públicas-- ser hospitalizado en el Hospital Central Militar para ser asistido por un accidente cerebro vascular. En ese momento, los fiscales se opusieron sosteniendo que "en Rosario existen institutos perfectamente equipados para la atención del interesado". A pesar de esto, el tribunal permitió el traslado por lo cual la pericia para determinar su estado general de salud se realizó en aquel centro asistencial de Buenos Aires. La defensa de Díaz Bessone sostenía que el imputado no se encontraba en condiciones de estar presente en las audiencias orales, por lo cual pidió que se desvincule al principal imputado y que la causa continúe respecto de los otros.
La pericia médica dictaminó en forma unánime que Díaz Bessone se encontraba psíquicamente en condiciones de asistir a las audiencias.
Finalmente, el Hospital Militar determinó el alta del imputado. Durante la última semana hábil del año el tribunal ordenó el traslado de Díaz Bessone al domicilio donde cumple prisión domiciliaria en Rosario. Y esto se dispuso a pesar de que la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe constatara -en los controles de rutina- que en el domicilio atribuido a Díaz Bessone se encontraba otra persona, quien aseguró ser el nuevo inquilino.

 http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/9-32382-2012-02-05.html

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Clara Anahí MARIANI, nacida el 12 de agosto de 1976, desaparecida el 24 de noviembre de 1976.

Clara Anahí MARIANI


Nacida el 12 de agosto de 1976
Desaparecida el 24 de noviembre de 1976

Madre: Diana TERUGGI
Padre: Daniel MARIANI

El 24 de noviembre de 1976, fuerzas policiales y del Ejército atacaron la casa de sus padres en la ciudad de La Plata. Allí fue asesinada Diana y secuestrada Clara Anahí, quien continúa desaparecida. El padre de la niña fue asesinado en La Plata, el 1º de agosto de 1977.


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Gustavo Saladino

D.N.I.16.453.320

Hijo de desaparecido y asesinado.
Héroe de la Resistencia Antifascista contra el genocidio cultural del menemismo.
Objetor de conciencia al Servicio Militar Obligatorio hasta su desaparición definitiva lo que me valió verme impedido de ejercer mi derecho cívico al voto entre 1983 y 1995.
Despedido del Estado en 1989 por ser hijo de desaparecido.
Denunciante contra los genocidas ante la CONADEP (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas) en 1984.
Co-Denunciante y querellante contra los genocidas de la Fuerza Aérea Argentina y de otras fuerzas de seguridad en la Causa Penal por delitos de lesa humanidad y genocidio Nº 7.273/06 en el área de la Subzona 16, entre muchas otras Causas.
Denunciante en 2011 ante la Justicia Federal argentina del gobierno norteamericano cómplice de los genocidas civiles y militares que desaparecieron y asesinaron a mi padre en 1978.
El primero en el mundo entero, como activista de derechos humanos, en accionar penalmente contra el oligopolio estadounidense destructor de memoria argentina "Google, Inc.", entre otros hechos, por perseguir y espiar ilegalmente ciudadanos dentro de su plataforma "You Tube".
Denunciante de hechos de corrupción de la era "kirchnerista".

Jésica y Cielo (me falta Verónica Fiorito y cartón lleno).

Jésica y Cielo (me falta Verónica Fiorito y cartón lleno).
Yo no fui (y ellas tampoco vinieron nunca. Ja, ja, ja).

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